Créditos no comerciales, y se dan en el marco de una sociedad.
Son créditos a terceros, cuyo vencimiento no es superior a un año y tiene su origen en operaciones de enajenación de activo inmovilizado.
Una vez concertados, estos créditos, entre las partes vinculantes, serán asentados en la cuenta 532.
Se hallará en el activo corriente del balance.
Será cargada 1º por el valor de los créditos, excluidos los intereses acordados con abono a la cuenta 253.
En 2º lugar, por el ingreso financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso del crédito, con abono, a la cuenta 762.
Por último, se abonará por el reintegro -total o parcial- o la baja del activo, con cargo por lo general a cuentas del subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la cuenta 667.